Condiciones Generales de Contratación
Esta traducción se ofrece únicamente con fines informativos. La versión alemana es la jurídicamente vinculante.
§1 Partes
- La extocode GmbH se denomina Contratista.
- La parte contratante de la extocode GmbH se denomina Cliente.
§2 Objeto del contrato y alcance de las prestaciones
Las presentes Condiciones Generales de Contratación contienen disposiciones fundamentales para las relaciones comerciales de la extocode GmbH con sus Clientes. Se aplican a las siguientes prestaciones del Contratista, que aquí se enumeran únicamente de forma rudimentaria y se concretan en detalle en las descripciones de prestaciones y en los pedidos:
- Cesión de software y derechos de uso: Cesión del software „COD – Central Operations Dashboard" incluidos sus módulos conforme a las respectivas condiciones de licencia, a elección para su explotación en la infraestructura del Cliente (On-Premise) o para su uso como Software as a Service.
- Software as a Service (SaaS): Puesta a disposición del software COD como servicio en la nube, alojado por la extocode GmbH o por un prestador de servicios encargado por ella, para su uso a través de una conexión de datos.
- Mantenimiento y soporte: Puesta a disposición de actualizaciones, corrección de errores y soporte para el software en el marco de los niveles de servicio contratados en cada caso.
- Servicios y prestaciones de proyecto: Instalación, configuración, integración, formación y asesoramiento en relación con el software.
- Prestaciones de supervisión y explotación: Monitorización y prestaciones de apoyo a la explotación en relación con el software, en la medida en que se hayan acordado.
§3 Otorgamiento del encargo y registro de la dedicación
- Los pedidos serán introducidos por el Cliente por correo electrónico o portal web, tal como se describe en el (Anexo B), con una descripción exacta del encargo o del error, en los sistemas de tramitación de pedidos del Contratista. El Contratista pondrá a disposición del Cliente los accesos necesarios a tal efecto, de forma gratuita, durante la duración de la relación contractual. En la medida en que, en casos excepcionales, no sea técnicamente posible para el Cliente otorgar pedidos por correo electrónico o portal web, será posible el otorgamiento del pedido por teléfono a través de la línea de soporte indicada en el (Anexo A2).
- El Contratista confirmará sin demora la recepción del pedido, indicando la hora de recepción y el número de expediente.
- El Contratista registrará por separado la dedicación devengada por cada expediente y actividad. El Cliente podrá informarse en caso necesario de forma autónoma, en el sistema de tickets, sobre la dedicación total ya devengada de cada uno de los pedidos, con indicación de la fecha y hora de las actividades.
- El Contratista informará sin demora al Cliente sobre las actividades realizadas y, en la medida en que sea necesario/posible, transmitirá resultados parciales o informará al Cliente sobre la conclusión del encargo de trabajo.
- El Cliente designará por cada expediente una persona de contacto responsable que pueda prestar pleno apoyo al Contratista en la ejecución de las actividades necesarias, facilitar los medios necesarios y adoptar las decisiones necesarias. Si no se designa ninguna persona de contacto, se considerará como persona de contacto correspondiente a quien haya comunicado o solicitado la incidencia.
- En caso de consultas sobre expedientes en curso, será necesaria la indicación del número de expediente.
§4 Change Request / Costes adicionales
El Contratista pondrá a disposición del Cliente las horas de prestación registradas en el portal de clientes para su verificación y le informará de ello por correo electrónico. Si el Cliente no formula objeciones en forma de texto (a través del portal de clientes o por correo electrónico) dentro de los 7 días naturales siguientes a su puesta a disposición, designando en ellas las horas objetadas, las horas puestas a disposición se considerarán reconocidas por el Cliente. El reconocimiento fundamenta únicamente una presunción iuris tantum de la exactitud del número de horas registradas. El Cliente se reserva la prueba de que las horas registradas efectivamente no se devengaron o no lo hicieron en dicha medida.
- El Cliente está facultado para exigir modificaciones del objeto de suministro y/o de prestación también después de la celebración del contrato, cuando las desviaciones, considerando el objeto social del Contratista y su know-how, así como su carga de pedidos, resulten, desde un punto de vista objetivo, técnica y logísticamente exigibles para el Contratista. El Contratista deberá examinar la solicitud de modificación del Cliente y comunicarle en forma de texto sus repercusiones sobre la estructura contractual. Este deber de comunicación comprende, en la medida de lo posible, una declaración sobre si las modificaciones deseadas son técnica y/o logísticamente posibles y pertinentes en absoluto, así como una declaración sobre las repercusiones de las solicitudes de modificación sobre la estructura contractual acordada hasta ese momento, como, por ejemplo, el concepto, los plazos, las fechas, las modalidades de recepción y la retribución, en forma de una oferta. El Cliente deberá entonces decidir sin dilación frente al Contratista sobre la ejecución de las modificaciones.
- Con la decisión positiva y el acuerdo sobre las modificaciones de las condiciones contractuales, la modificación del pedido pasa a formar parte del contrato.
- En caso de solicitudes de modificación del Cliente relativas al objeto del encargo o a la ejecución del encargo que sean técnicas y económicamente irrelevantes para el Contratista, este no podrá exigir una modificación de las condiciones contractuales.
- El Cliente reembolsará los costes adicionales originados por el Change Request. Entre ellos se incluyen también los gastos del Contratista para el cumplimiento del deber de comunicación conforme al § 3 n.º 1.
§5 Recepción de prestaciones de obra
- Las partes acordarán una fecha de recepción. Si no se ha acordado ninguna fecha de recepción, la recepción tendrá lugar tras la finalización de la obra.
- Las prestaciones de obra se someterán, tras su puesta a disposición por el Contratista, a una prueba de recepción. El Cliente declarará, tras la finalización de la prueba de recepción, la recepción de la prestación, siempre que la prestación esté libre de defectos.
- La recepción deberá efectuarse en forma de texto. Sin declaración de recepción, una prestación se considerará recibida cuando el Cliente la haya utilizado durante 14 días naturales para el fin previsto, al margen de los procesos y/o procedimientos de verificación acordados, sin comunicación de defectos.
§6 Cesión de software y derechos de uso en las prestaciones contractuales SaaS
- El Contratista (en lo sucesivo „Provider") pone a disposición del Cliente el uso del software designado en la descripción de prestaciones, con el alcance funcional allí descrito con mayor detalle y bajo los requisitos de funcionamiento igualmente allí indicados. El software es puesto a disposición para su uso por el Provider en el punto de entrega acordado en la descripción de prestaciones (interfaz de la red de datos operada por el Provider con otras redes). El software permanece en ello en el servidor del Provider. El Provider no está obligado al establecimiento ni al mantenimiento de la conexión de datos entre el sistema informático del Cliente y el punto de entrega operado por el Provider.
- El alcance funcional vigente en cada caso del software se deriva de su descripción de prestaciones actual. Al margen de los cambios de versión (release), el Provider podrá modificar el software en el marco de las posibilidades técnicas y emplearlo en la versión ofrecida como actual en cada momento por el fabricante, cuando la modificación del software, considerando los intereses del Provider, resulte exigible para el Cliente. No obstante, no existe derecho alguno del Cliente al empleo de una nueva versión del software indicado en la descripción de prestaciones.
- El Provider subsanará los errores del software conforme a las posibilidades técnicas. Existe un error cuando el software no cumple las funciones indicadas en la descripción de prestaciones.
- A petición del Cliente, el Provider asumirá la planificación y ejecución de los cambios de versión (release). Esta prestación deberá acordarse por separado en detalle entre el Cliente y el Provider, también en lo relativo al hardware que eventualmente deba modificarse y a las ampliaciones de la base de datos, así como a las consecuencias para la explotación del software y sus costes.
- El Provider concede al Cliente el derecho no exclusivo e intransferible de utilizar el software designado en el presente contrato en el marco de los servicios SaaS, tal como se establece en la descripción de prestaciones. Los puestos de trabajo deberán cumplir los requisitos técnicos mínimos indicados en la descripción de prestaciones. La conexión de los puestos de trabajo del Cliente se realizará a través de una conexión de datos que deberá establecer el Cliente conforme a las indicaciones de la descripción de prestaciones.
- El software se pondrá a disposición del Cliente, a elección de este, conforme a las regulaciones del Service Level Agreement.
- El Cliente solo podrá modificar o reproducir el software en la medida en que ello esté cubierto por el uso conforme a lo previsto del software según la descripción de prestaciones vigente en cada caso. Se considera reproducción necesaria la carga del software en la memoria de trabajo del servidor del Provider, pero no la instalación, aunque sea meramente temporal, ni el almacenamiento del software en soportes de datos (como, por ejemplo, disco duro o similares) del hardware empleado por el Cliente.
- El Cliente no está facultado para poner el software a disposición de terceros para su uso, ya sea a título oneroso o gratuito. No se considera tercero quien sea auxiliar de cumplimiento del Cliente y haga uso de las prestaciones a título gratuito, como, por ejemplo, empleados del Cliente, colaboradores autónomos en el marco de la relación de encargo, etc.
§7 Almacenamiento y entrega de datos en las prestaciones contractuales SaaS, derechos del Contratista
1. El Cliente tiene la posibilidad de depositar datos en el servidor de datos virtual establecido para él por el Contratista (en lo sucesivo Provider), a los que podrá acceder en relación con el uso del software cedido. El Provider solo está obligado a la puesta a disposición de espacio de almacenamiento para su uso por el Cliente. No le incumben, respecto de los datos transmitidos y tratados por el Cliente, deberes de custodia o de guarda. El Cliente es responsable de la observancia de los plazos de conservación previstos por el derecho mercantil y tributario. El Cliente se obliga a no almacenar en el espacio de almacenamiento contenidos cuya puesta a disposición, publicación o uso infrinja el derecho vigente o acuerdos con terceros.
2. El volumen del espacio de almacenamiento a disposición del Cliente está definido en la descripción de prestaciones. Allí se explica también cómo se realiza el tratamiento de los datos. El Cliente podrá depositar los datos en el servidor de datos en el marco de una migración de base de datos, así como en el marco del uso corriente del software.
3. En caso de migración de los datos desde una base de datos del Cliente, el Cliente deberá comunicar al Provider los datos necesarios para la migración relativos al sistema de gestión de la base de datos, incluidos, en su caso, datos de prueba, en el volumen expuesto en la descripción de prestaciones, en su caso previo acuerdo específico, al menos ocho semanas antes de la migración prevista de los datos. Los datos que deban migrarse se entregarán a continuación al Provider en un soporte de datos igualmente indicado en la descripción de prestaciones o por vía de transmisión remota de datos, al menos cinco días laborables antes del uso previsto de los datos. El Provider prestará apoyo al Cliente en la migración de los datos a las retribuciones indicadas a tal efecto en la hoja de información de precios vigente en el momento de la celebración del contrato.
4. El Cliente no está facultado para ceder este espacio de almacenamiento a un tercero, parcial o totalmente, a título oneroso o gratuito, para su uso.
5. El Cliente concede al Provider el derecho a reproducir los datos que el Provider deba almacenar para el Cliente, en la medida en que ello sea necesario para la prestación de los servicios debidos en virtud del presente contrato. Está también facultado para mantener los datos en un centro de cálculo de respaldo. Para la subsanación de averías, el Provider está además facultado para realizar modificaciones en la estructura de los datos o en el formato de los datos.
§8 Tiempos de servicio y de respuesta en averías informáticas
- El Contratista está disponible, por regla general, para la subsanación de errores y fallos de funcionamiento, según la gravedad del error, con observancia de los tiempos de respuesta definidos a continuación.
- Se definen las siguientes clases de avería:
- -1- Fallos de funcionamiento o tiempos de respuesta deficientes de funciones aisladas de un (sub)sistema en estaciones de trabajo aisladas. La utilizabilidad del sistema sigue siendo posible aquí, en su caso con limitaciones.
- -2- Fallos de funcionamiento o tiempos de respuesta deficientes de funciones aisladas de un (sub)sistema en todas las estaciones de trabajo. La utilizabilidad del sistema sigue siendo posible aquí, en su caso con limitaciones.
- -3- Fallo de funcionamiento de un (sub)sistema que no es esencialmente necesario para el mantenimiento de la actividad empresarial. El (sub)sistema afectado ya no es utilizable.
- -4- Fallo de funcionamiento de un (sub)sistema que es imprescindible para la actividad empresarial. El (sub)sistema afectado ya no es utilizable.
- Conforme a las clases de avería rigen los siguientes tiempos de respuesta:
- -1- Inicio de la subsanación de la avería dentro de cinco (5) días laborables
- -2- Inicio de la subsanación de la avería dentro de tres (3) días laborables
- -3- Inicio de la subsanación de la avería el segundo día laborable siguiente
- -4- Inicio de la subsanación de la avería dentro del nivel de servicio contratado
- El Cliente indicará, para asegurar los tiempos de respuesta, la clase de avería correspondiente al introducirla en el sistema de tramitación de pedidos.
- El día laborable se define como día de la semana (de lunes a viernes) que no sea festivo de ámbito federal. El día laborable comienza a las 9:00 h y finaliza de lunes a jueves a las 17:00 h, el viernes a las 15 h.
- Si el Cliente introduce la avería en el sistema de tramitación de pedidos antes de las 12 h, el día de la anotación se considerará como inicio del tiempo de respuesta. En caso de anotación posterior, el día laborable siguiente se considerará como inicio del tiempo de respuesta. Si se ha contratado un nivel SLA 4, el tiempo de respuesta comenzará en todo caso el mismo día laborable tras la anotación.
- Los trabajos de servicio y de proyecto devengados se realizan, por regla general, en un día laborable. En la medida en que sea necesario en el marco de proyectos, podrán acordarse, en su caso, otros horarios de trabajo.
- El momento de la prestación se determina para
- los encargos de servicio en el marco de la subsanación de averías conforme a los tiempos de respuesta mencionados anteriormente,
- las actividades de proyecto y demás actividades de servicio en el marco de las posibilidades operativas del Contratista, previo acuerdo con el Cliente.
- En caso de que los tiempos de servicio y de respuesta no puedan cumplirse por culpa reiterada del Contratista, corresponderá al Cliente un derecho de resolución extraordinaria. No corresponden al Cliente otras pretensiones frente al Contratista.
§9 Deberes de colaboración del Cliente
1. La responsabilidad por la organización y planificación de proyectos, así como por el sistema de informes del proyecto, incumbe en principio al Cliente. El jefe de proyecto del Cliente asume la responsabilidad global por la realización del proyecto conforme a los requisitos técnicos, de plazos y de presupuesto. El responsable de proyecto del Contratista prestará apoyo al jefe de proyecto del Cliente en este cometido. El responsable de proyecto del Contratista es competente para la dirección del equipo de proyecto de los auxiliares de cumplimiento empleados por el Contratista, en el aspecto técnico y disciplinario, con independencia del lugar de prestación.
2. El Cliente se obliga a prestar pleno apoyo al Contratista en la ejecución de las actividades devengadas y pone a disposición del Contratista en sus locales, a tal efecto, en particular, dependencias, sistemas y personal, así como la documentación necesaria y demás medios operativos, de forma gratuita.
3. El Cliente pone a disposición, en el marco del acceso remoto, los sistemas y las conexiones de telecomunicación necesarios en sus locales, a requerimiento del Contratista, de forma gratuita.
4. El Cliente especificará con exactitud los encargos de trabajo relativos a las actividades y proporcionará, respecto de los errores producidos, una descripción exacta del error. Los costes adicionales que se deriven de una descripción deficiente de la actividad o del error por parte del Cliente correrán a cargo del Cliente. Deberán facilitarse, como mínimo, las siguientes indicaciones:
- componentes del sistema y usuarios afectados
- delimitación de los componentes del sistema afectados
- comportamiento esperado / comportamiento existente
- inicio y horarios del error
5. El Cliente velará por que, en los locales a los que deba acceder el Contratista y en el correspondiente recinto, se observen las normas de prevención de accidentes y se adopten las medidas de seguridad necesarias. El Cliente es responsable de los daños que se originen por la inobservancia de dichas normas.
6. El Cliente pondrá a disposición un sistema adecuado para la documentación conforme a la norma ISO 27001 (SGSI); en caso contrario, el Contratista facturará al Cliente la documentación conforme a la norma ISO 27001.
7. Para el registro de incidentes de seguridad de la información, el Cliente pondrá a disposición sistemas adecuados (servidor Syslog, sistema de monitorización de red, Flow Collector, etc.); en caso contrario, el Contratista facturará al Cliente dichos sistemas.
§10 Deberes especiales de colaboración del Cliente en contratos SaaS
- El Cliente asume el establecimiento de una conexión de datos entre los puestos de trabajo del Cliente previstos para el uso y el punto de entrega de datos definido por el Contratista. El Contratista está facultado para redefinir el punto de entrega de datos, siempre que ello sea necesario para posibilitar un uso sin problemas de las prestaciones por el Contratista. El Cliente establecerá en tal caso una conexión con el punto de entrega redefinido.
- En el marco del contrato SaaS, el uso conforme al contrato de las prestaciones del Contratista depende de que el hardware y el software empleados por el Cliente, incluidos los ordenadores de puesto de trabajo, routers, medios de comunicación de datos, etc., cumplan los requisitos técnicos mínimos para el uso de la versión de software ofrecida actualmente y de que los usuarios facultados por el Cliente para el uso del software estén familiarizados con el manejo del software. El Cliente instalará el software que le ceda el Contratista y las actualizaciones sucesivas, en la medida en que sea necesario, en cada ordenador de puesto de trabajo desde el que pretenda acceder legítimamente al software. Por lo demás, para el uso de las prestaciones del Contratista solo empleará hardware y software que cumplan los requisitos mínimos indicados en la descripción de prestaciones. La configuración de su sistema informático es tarea del Cliente. El Contratista se ofrece a prestarle apoyo en ello, a título oneroso, sobre la base de un acuerdo específico.
- En el marco del servicio SaaS, el Cliente está obligado a impedir, mediante medidas adecuadas, el acceso no autorizado de terceros a las áreas protegidas del software. A tal efecto, el Cliente advertirá a sus empleados, en la medida en que sea necesario, sobre la observancia de los derechos de autor. Además, el Cliente está obligado a comprobar sus datos e informaciones antes de su introducción en busca de virus u otros componentes dañinos y a emplear a tal fin programas antivirus conformes al estado de la técnica. El Cliente generará él mismo, en la medida en que sea necesario, para el acceso al uso de los servicios SaaS, un „User ID" y una contraseña, que son necesarios para el uso ulterior de los servicios SaaS. El Cliente está obligado a mantener en secreto el „User ID" y la contraseña y a no hacerlos accesibles a terceros.
§11 Precios y condiciones de pago
Generalidades:
1. Las facturas emitidas son exigibles de pago de forma inmediata, salvo que en las facturas se indique un plazo de pago. En caso de mora, el Contratista se reserva la facturación adicional de gastos de reclamación e intereses de mora por importe del 4% por encima del tipo de interés base vigente en cada caso del Deutsche Bundesbank.
2. En la medida en que el Cliente incurra en mora en los pagos vencidos por más de 30 días, el Contratista se reserva el derecho de no prestar más servicios al Cliente hasta que este haya cumplido sus obligaciones de pago. La suspensión de la prestación por mora en el pago no faculta al Cliente para la resolución extraordinaria del contrato.
Prestaciones de servicio:
1. Para las prestaciones de servicio rigen los precios y condiciones de la hoja de información de precios vigente en cada caso. En caso de acordarse contingentes de horas, el Cliente se obliga a las correspondientes adquisiciones mínimas. La facturación de la opción elegida se realizará de forma proporcional en los momentos acordados en el formulario de pedido.
2. El Contratista podrá adaptar las retribuciones a pagar según la hoja de información de precios, según su equitativo arbitrio, a la evolución de los costes que resulten determinantes para el cálculo del precio. Un aumento o una reducción de precio entra en consideración, por ejemplo, cuando los costes de adquisición de hardware y software, así como de energía, el uso de redes de comunicación o los costes salariales aumenten o disminuyan, o cuando otras modificaciones de las condiciones marco económicas o jurídicas conduzcan a una situación de costes modificada. El Contratista informará al Cliente sobre las modificaciones en la hoja de información de precios en forma de texto, a más tardar seis semanas antes de la entrada en vigor de las modificaciones.
3. Los tiempos de trabajo que excedan del contingente de horas serán facturados al Cliente por el Contratista conforme a la tarifa horaria estándar, en cada caso tras la prestación del servicio.
4. Por los trabajos en la sede del Cliente se devengarán adicionalmente, por cada desplazamiento, los costes conforme a la hoja de información de precios. La facturación se realizará en cada caso junto con la facturación de la prestación de trabajo.
5. Si el índice de precios al consumo determinado por la Oficina Federal de Estadística varía en más de 2 puntos porcentuales al alza o a la baja respecto de su nivel en el momento de la celebración del contrato o en el momento de la última adaptación de precios, se realizará una adaptación de precios correspondiente.
§12 Duración del contrato y resolución en prestaciones de servicio y prestaciones de hosting / Cloud Computing
La facturación se realiza sobre la base de la dedicación reconocida conforme al § 3, en la medida en que se haya acordado una retribución según la dedicación.
1. El contrato comienza con su firma y tiene una duración mínima establecida en el formulario de pedido.
2. Las partes contratantes tienen el derecho de resolver el contrato, tras la expiración de la duración mínima, con un plazo de seis meses para el final del año natural (plazo de preaviso).
3. La resolución del contrato deberá haber llegado por escrito a la otra parte contratante antes del inicio del plazo de preaviso. La parte que resuelve deberá aportar la prueba de la recepción de la resolución.
4. El derecho a la resolución extraordinaria por causa grave permanece inalterado.
El Contratista está facultado para la resolución sin preaviso, en particular, cuando el Cliente no realice los pagos vencidos a pesar de reclamación y fijación de un plazo adicional, o infrinja las disposiciones contractuales sobre el uso de los servicios.
§13 Suministro de software / reserva de dominio y garantía
1. El Contratista se reserva la propiedad del software suministrado hasta el pago completo.
2. En la medida en que el software suministrado sea defectuoso, el Cliente está facultado, en el marco de las disposiciones legales, para exigir el cumplimiento posterior en forma de subsanación del defecto o de suministro de un objeto libre de defectos. El derecho de elección sobre el tipo de cumplimiento posterior corresponde al Contratista. En caso de fracaso del cumplimiento posterior, el Cliente está facultado para reducir el precio de compra o, concurriendo los requisitos legales, para resolver el contrato. Requisito para cualesquiera derechos de garantía es que el Cliente cumpla debidamente las cargas de examen y de reclamación debidas conforme al § 377 HGB.
3. El plazo de prescripción de las pretensiones de garantía asciende, salvo en el caso de pretensiones de indemnización de daños, a doce meses.
§14 Garantía en prestaciones de obra
1. El Contratista presta la prestación acordada en el alcance y el plazo acordados.
2. Las pretensiones de cumplimiento posterior prescriben en 12 meses. En primer lugar, el cumplimiento posterior se prestará en forma de subsanaciones y se limita a estas. Una nueva elaboración entra en consideración en la medida en que resulte razonable desde un punto de vista puramente económico o técnico.
3. El Contratista no responde en los casos en que el Cliente haya realizado modificaciones en las prestaciones efectuadas por el Contratista, a menos que dichas modificaciones no hayan influido en el origen del defecto.
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§15 Garantía en caso de incumplimiento de los tiempos de servicio y de respuesta conforme al §7, así como en prestaciones de hosting
1. En la medida en que el nivel de servicio o las disponibilidades acordadas en las prestaciones de hosting no se cumplan por causas de las que deban responder el Contratista y/o sus subcontratistas, el Cliente podrá, en el marco de sus derechos de garantía, sin previa reclamación de una pretensión de cumplimiento posterior y sin fijación de plazo, hacer valer exclusivamente derechos de reducción.
2. Las pretensiones de garantía quedan excluidas cuando
- se produzca un menoscabo de la prestación fuera de la red operada por el Contratista, por ejemplo, por fallos o averías de prestación en otros proveedores o prestadores de telecomunicaciones,
- el Cliente haga uso de las capacidades del sistema de forma contraria al contrato, por ejemplo, mediante un número excesivo de accesos u otros comportamientos contrarios al contrato,
- el Cliente se encuentre en mora en el pago,
- el menoscabo se deba a fuerza mayor,
- el menoscabo se deba a ataques de terceros a la infraestructura del Contratista.
3. En caso de que el Cliente haga valer un derecho de reducción frente al Contratista, la cuota de reducción se calcula como sigue:
- En las prestaciones de hosting, la retribución del mes respectivo se reducirá porcentualmente en el triple del valor (factor 3) en que se haya quedado por debajo de la disponibilidad acordada. La retribución decae, a partir de una desviación por debajo de la disponibilidad comprometida en más del 15%, para la prestación afectada respecto del mes respectivo en su totalidad.
- En las prestaciones SLA 4, la retribución del mes respectivo se reduce en un 4% (cuatro por ciento).
§16 Responsabilidad
- El Contratista responde en caso de mala fe, dolo o negligencia grave conforme a las disposiciones legales. Lo mismo rige para las pretensiones derivadas de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos (Produkthaftungsgesetz) o de la Ley de Telecomunicaciones (TKG).
- El Contratista responde de forma ilimitada en la medida en que haya asumido una garantía por una cualidad de la cosa o, en caso de negligencia leve, en el supuesto de lesión de la vida, del cuerpo y/o de la salud.
- Los daños originados por negligencia leve solo se indemnizan en la medida en que se infrinja una obligación cuyo cumplimiento hace posible en primer término la ejecución debida del contrato, cuya infracción pone en peligro la consecución del fin del contrato y en cuya observancia el Cliente puede confiar habitualmente (obligación cardinal).
- En caso de negligencia simple, la responsabilidad se limita al daño típicamente previsible según el contrato, pero como máximo al importe del valor del encargo. Esto rige en particular también para el lucro cesante y los ahorros no obtenidos.
- La responsabilidad por una eventual pérdida o deterioro de datos se limita a la dedicación que sería necesaria, en caso de una copia de seguridad de datos debida, para restaurar los datos a partir del material de datos respaldado. Las anteriores limitaciones de responsabilidad rigen también en favor de los representantes legales y auxiliares de cumplimiento del Contratista que eventualmente intervengan.
- Queda excluida cualquier responsabilidad ulterior por otros daños.
- El Cliente deberá comunicar los defectos al Contratista sin dilación.
- Para el caso de que terceros no autorizados hagan uso de las prestaciones SaaS del Contratista utilizando los datos de acceso del Cliente, el Cliente responde de las retribuciones que por ello se devenguen, en el marco de la responsabilidad civil, hasta la recepción de su encargo de modificación de los datos de acceso o de la notificación de la pérdida o el robo
. - El Contratista está facultado, en las prestaciones SaaS, para el bloqueo inmediato del espacio de almacenamiento cuando exista la sospecha fundada de que los datos almacenados son ilícitos y/o vulneran derechos de terceros. Existe una sospecha fundada de ilicitud y/o de vulneración de derechos, en particular, cuando tribunales, autoridades y/o terceros pongan ello en conocimiento del Contratista. El Contratista deberá notificar al Cliente el bloqueo y su motivo sin dilación. El bloqueo deberá levantarse tan pronto como la sospecha quede desvirtuada.
- En caso de fuerza mayor, como, por ejemplo, guerra, terrorismo, disturbios, incendio, inundaciones, pandemias u otros acontecimientos imprevisibles de los que el Contratista no sea responsable, como, por ejemplo, huelgas, confinamiento (lockdown) ordenado por las autoridades, perturbaciones de la explotación, escasez de energía y materias primas, escasez de medios de transporte, suministros insuficientes de prestadores de servicios previos, perturbación de gateways por redes de telecomunicaciones que no estén bajo el poder de disposición del Contratista, el Contratista queda liberado de la prestación mientras y en la medida en que subsistan los impedimentos de prestación causados por ello. Todos los casos de fuerza mayor facultan al Contratista, en particular, a la prórroga de las fechas y plazos de suministro conforme al alcance y la duración de dichas circunstancias y sus consecuencias, sin que se conceda al Cliente un derecho de desistimiento del contrato ni una pretensión de indemnización de daños.
§17 Confidencialidad y protección de datos
- Las partes contratantes se obligan a guardar silencio sobre todos los hechos confidenciales que hayan llegado a su conocimiento en el marco de la relación comercial, en particular, secretos comerciales y de explotación de la otra parte contratante, y a no divulgarlos ni explotarlos de ningún otro modo. Esto rige frente a cualesquiera terceros no autorizados, es decir, también frente a empleados no autorizados, siempre que la divulgación no sea necesaria para el cumplimiento debido de las obligaciones contractuales. La obligación de confidencialidad subsiste también tras la finalización del presente contrato.
- Las partes contratantes tratarán y utilizarán los datos personales de la otra parte contratante respectiva con observancia de las disposiciones de las leyes de protección de datos y únicamente para los fines acordados contractualmente. En particular, asegurarán dichos datos frente al acceso no autorizado y solo los divulgarán a terceros con el consentimiento de la otra parte contratante o de las personas afectadas. En la medida en que, para la ejecución del encargo, sea necesario que el Cliente conceda al Contratista acceso a datos personales, el personal empleado deberá igualmente ser instruido sobre sus obligaciones en materia de protección de datos y quedar obligado conforme a las disposiciones de protección de datos. En la medida en que tenga lugar un tratamiento por encargo, este deberá regularse en un contrato de tratamiento por encargo.
§18 Modificación de las presentes Condiciones Generales de Contratación
El Contratista se reserva el derecho de modificar las presentes Condiciones Generales de Contratación, las descripciones de prestaciones vinculadas a ellas y los precios en cualquier momento y sin indicación de motivos. Estas nuevas Condiciones Generales de Contratación se comunicarán por escrito con la debida antelación, si bien como mínimo 6 semanas antes del momento en que deban entrar en vigor. Si el Cliente ha acordado con el Contratista una vía de comunicación electrónica, las modificaciones podrán transmitirse también por esta vía, cuando la forma de la transmisión permita al Cliente almacenar o imprimir las modificaciones en forma legible. Si el cliente no se opone a las modificaciones, por escrito o por la vía electrónica acordada, a más tardar cuatro semanas después de la recepción de la comunicación de modificación, estas se considerarán aceptadas. Se considerarán aprobadas si el Cliente no formula oposición, por escrito o por la vía electrónica acordada, dentro de las seis semanas siguientes a la comunicación de las modificaciones. El Contratista advertirá al cliente, en el escrito de comunicación, sobre el significado de su silencio y el momento del pretendido surtimiento de efectos de las modificaciones. Si el cliente se opone, seguirán rigiendo las condiciones anteriores.
§19 Derecho aplicable y fuero
- Para todos los litigios que surjan en el marco de la ejecución y el desarrollo de la presente relación contractual se acuerda el domicilio del Contratista, en la medida en que el Cliente sea comerciante pleno.
- La relación contractual está sujeta exclusivamente al Derecho de la República Federal de Alemania, con exclusión del Derecho de conflicto de leyes y de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
§20 Disposiciones finales
- El Contratista podrá transferir a un tercero los derechos y obligaciones derivados del presente contrato cuando, por la cualificación y capacidad de prestación de este, quede garantizado un cumplimiento conforme al contrato de las obligaciones existentes frente al Cliente. El Cliente presta ya desde ahora su consentimiento irrevocable a tal asunción liberatoria de deuda.
- Las modificaciones y complementos del presente contrato requieren la forma escrita. Esto rige también para la modificación de la cláusula de forma escrita.